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mayo  4, 2024

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Las medidas cautelares deben abarcar a los animales no humanos

-Comentario a los fallos “V.M.A c/ L.M.L. s/ violencia de género” – JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE VILLAGUAY (Entre Ríos) – 10/09/2021 y Expte. Nº -/2021-1 - "B., N. A. c/ P., R. J. s/ violencia familiar" – JUZGADO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DE RESISTENCIA (Chaco) – 18/05/2021-

Por Laura Cecilia Velasco


“En esta ocasión, vamos a realizar un análisis de dos fallos muy actuales, uno de la Provincia de Chaco y otro basado en el mismo, de la Provincia de Entre Ríos. Resumidamente, puedo establecer que ambos tienen en común la consideración de los animales no humanos como familia se podría decir “multiespecie” o como menciona la denunciante en el caso de la Provincia de Chaco, “perrhijos”, en ambos casos, los magistrados intervinientes imponen una medida cautelar innovadora por violencia familiar en uno y de género en otro, que es extensiva a los animales convivientes. Ambos fallos sientan un importante precedente en temas de violencia intrafamiliar y de género abarcando satisfactoriamente a los animales no humanos convivientes, incluyéndolos en las medidas de protección y cautelares.”

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Términos mencionados en esta doctrina: animales, provincia, violencia.

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